Samuel
Pérez García
Paz
Alicia Castañeda, representante sindical de la zona Sur en Veracruz a través de
un desplegado publicado en Diario del
Istmo, el 18 de septiembre, afirma categóricamente que la nueva ley NO
busca privatizar a la educación. Y para su dicho reza a continuación el
artículo 6º. De la ley General de educación modificada en esta famosa Reforma
Educativa. Esto es lo dicta el famoso artículo.
Artículo
6º. "La educación que impartirá el Estado será gratuita. Las donaciones o
cuotas voluntarias destinadas a dicha educación en ningún caso se entenderán como
contraprestación del servicio educativo. Las autoridades educativas en el
ámbito de su competencia, establecerán los mecanismos
para la regulación, destino, aplicación, transparencia y vigilancia de las
donaciones o cuotas voluntarias".
A
partir de enunciar ese artículo, deriva la mentora sindical que no hay
privatización. Sin embargo, mintiendo a sabiendas, ocultó otros artículos, entre
ellos los que siguen y a través del cual demuestro que sí está el rasgo
privatizador en la nueva ley educativa:
Dice
el artículo 12, numeral V Bis.- "Emitir,
en las escuelas de educación básica, lineamientos
generales para formular los programas de gestión escolar, mismos que
tendrán como objetivos: mejorar la
infraestructura; comprar materiales
educativos; resolver problemas de
operación básicos y propiciar condiciones de participación entre los alumnos,
maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director".
"En
las escuelas que imparten la educación media superior, la Secretaría
establecerá los mecanismos de colaboración necesarios para que los programas de
gestión escolar formulados por las autoridades educativas y los organismos
descentralizados, en el ámbito de sus atribuciones, propicien el mantenimiento
de elementos comunes".
Este
numeral VBis es lo que concretamente nos da la pauta de la privatización de la
escuela. La gestión educativa no se entiende como la búsqueda no solo de que se
den los aprendizajes esperados, sino que el director, los padres de familia,
alumnos y el director deberán GESTIONAR, condiciones para mejorar la
infraestructura, comprar materiales didácticos, resolver problemas de
operación, etc.
Sin
embargo, los hacedores de la ley cuidaron de edulcorar la mencionada ley
poniendo en el artículo sexto que de ningún modo se deberá entender las "donaciones",
"las cuotas voluntarias" como contraprestación de servicio. Es decir,
las cuotas seguirán dándose ahora a fuerza, porque ya está en la ley, pero
ahora será voluntaria "a fuerza", no forzada, y no podrá
interpretarse como paga del servicio educativo. Así, lo que antes era una "cuota
voluntaria", a la posibilidad del padre de familia, ahora tendrá que darla
porque en caso contrario, la escuela carecerá de recursos para poder mantener
condiciones óptimas para el ejercicio educativo.
Pero
sigamos viendo porque si la ley es pro privatizadora de la educación: Dice el
siguiente artículo:
Artículo
28 bis.- "Las autoridades educativas federal, locales y
municipales, en el ámbito de sus atribuciones, deberán ejecutar programas y
acciones tendientes a fortalecer la
autonomía de gestión de las escuelas".
En las escuelas de educación básica, la
Secretaría emitirá los lineamientos que deberán seguir las autoridades
educativas locales y municipales para formular los programas de gestión escolar,
mismos que tendrán como objetivos los siguientes:
III.- Administrar en forma transparente
y eficiente los recursos que reciba para mejorar su infraestructura, comprar
materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar
condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia,
bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que
cada escuela enfrenta".
Cualquiera
que conozca de estos asuntos se dará cuenta de que la autonomía de gestión que se le está proporcionando a la escuela
básica no es una autonomía por ley que también demanda el artículo tercero,
numeral VII de la Constitución para las universidades públicas, y que consiste
en que la institución posee patrimonio propio y una ley que la sustenta, además
de recibir recursos del Estado para los
aplique en beneficio de sus proyectos eductivos.
En
esta autonomía de gestión es distinto el quehacer. Aquí no se trata de que el
Estado te dirá aquí está tu presupuesto y desarrolla tus programas y rinde
cuentas a la comunidad, aquí simplemente es "ráscate con tus propias
uñas", porque el Estado, si tiene te apoyará, y si no, no podrás realizarle
ningún plantón para que te atienda. Las escuelas, así, quedarán expuestas a que
más temprano que tarde, no podrán resolver los problemas prioritarios, dado que
los padres de familia, por muy chingón y honesto que sea su director, tendrán
muchísimos problemas para sortear los problemas, que generalmente, serán de
carácter financiero. De tal manera que este es el primer hoyo que le abrirán a
la escuela pública, para que más temprano que tarde, la escuela privada empiece
a recibir los dividendos económicos que dicho proceso le permitirá.
Entonces
qué sigue?
Para
esa ayuda de continuismo, entra a la escena el artículo67, en su numeral III
que dice:
Artículo
67.- Las asociaciones de padres de familia tendrán por objeto:
III.-
Participar en la aplicación de
cooperaciones en numerario, bienes y servicios que, en su caso, hagan las
propias asociaciones al establecimiento escolar. Estas cooperaciones serán
de carácter voluntario y, según lo dispuesto por el artículo 6o. de esta Ley,
en ningún caso se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo".
Es decir, las asociaciones de padres de familia podrán recibir en apoyo a su
gestión, dinero de las empresas o instituciones locales y estatales, con lo
cual la dejan a su propia suerte si pueden o no gestionar esos recursos.
Pero
además, dice otro artículo, el 24 bis, que a la letra dice:
Artículo
24 Bis.- "La Secretaría, mediante disposiciones de
carácter general que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación y sin
perjuicio del cumplimiento de otras disposiciones que resulten aplicables, establecerá los lineamientos a que deberán
sujetarse el expendio y distribución de los alimentos y bebidas preparados y
procesados, dentro de toda escuela, en cuya elaboración se cumplirán los
criterios nutrimentales que para tal efecto determine la Secretaría de Salud".
"Estas disposiciones de carácter
general comprenderán las regulaciones que prohíban los alimentos que no
favorezcan la salud de los educandos y fomenten aquellos de carácter
nutrimental".
Y con esto se corona el proceso
privatizador. Habrá en cada escuela con un porcentaje de alumnos, un expendio comercial ex profeso, que a
través de la renta y la explotación de clientes cautivos, la posibilidad de que
pueda enriquecer a un sector comercial, pero de ningún modo a la propia
escuela, porque los padres de familia no tendrán tiempo para esos menesteres, salvo
que ellos mismos decidieran convertirse en cooperativa escolar, pero la ley no
contempla eso. Así, si con esto no convenzo a la líder sindical Paz Alicia
Castañeda de que a todas luces miente cuando publica que la privatización de la
educación en México no está presente en la presente Reforma, entonces cómo
convencerla, si los textos hablan por sí mismos. No la podré convencer porque
ella toca en otra orquesta. Ella es líder sindical charra y yo soy maestro
independiente, contra el régimen que hoy nos quiere poner la bota al cuello o
clavarnos su cuchillo de carnicero. Ojalá que mis compañeros no desistan y
cambien su postura ante el canto de sirenas que ya viene.

No hay comentarios:
Publicar un comentario